Hoy en día es habitual vivir en pareja sin pasar por el altar. Si este es tu caso, es muy probable que te hayas preguntado alguna vez qué ventajas tiene casarse frente al hecho de inscribirse como pareja de hecho, sobre todo al plantearse tener hijos. Y es que, aunque en nuestro país los derechos entre parejas de hecho y matrimonios están bastante equiparados, existen aún diferencias importantes entre ambas opciones.
Tal y como se define en el Código Civil, el matrimonio es la unión estable y permanente de dos personas del mismo o diferente sexo. Los requisitos para casarse son acreditar la capacidad matrimonial y expresar el consentimiento mutuo ante la autoridad competente y dos testigos. De esta forma se obtiene el acta que certifica la unión que se inscribirá en el Registro Civil.
Una de las diferencias más importantes entre matrimonio y pareja de hecho se refiere al régimen económico. Y es que, en el caso del matrimonio, al casarse los cónyuges tienen definido legalmente su régimen económico, que puede ser de gananciales, ponen sus bienes materiales y económicos en común y responden con ellos ante cualquier deuda de la pareja, separación de bienes contribuyen a las cargas y obligaciones familiares de manera proporcional a la situación de cada uno, o un convenio que establezca unas condiciones diferentes. En el caso de las parejas de hecho, por el contrario, el régimen económico es voluntario, así que puedes pactar las relaciones económicas que más te convenga o ninguna.
Los hijos de la pareja tienen los mismos derechos tanto si estáis casados o solteros, incluso en caso de separación. Para que se reconozca la paternidad, el único trámite es la inscripción del nacimiento del hijo en el registro correspondiente. En cuanto a la adopción, las parejas de hecho pueden adoptar con los mismos derechos que los matrimonios, aunque en la práctica el proceso puede resultar algo más complicado. Sí que hay diferencias en caso de ruptura en la tramitación de la custodia, el régimen de visitas o el subsidio de manutención, ya que mientras que en el matrimonio estas medidas se tramitan en el mismo procedimiento de separación o divorcio, en el caso de las parejas de hecho se debe hacer un procedimiento verbal que puede ser de mutuo acuerdo o contencioso.
Las ventajas de contratar un seguro de vida son las mismas para matrimonios y parejas de hecho, únicamente deberás asignar a tu pareja como beneficiario del seguro de vida. Es recomendable que ambos tengáis contratado un seguro de vida, de esta forma os aseguráis que, en caso producirse una posible eventualidad que os afecte a uno de los dos o a ambos, el seguro va a cubrir los gastos familiares, como la hipoteca o la educación de los hijos, por ejemplo.
A todo lo anterior hay que añadir, además, que las parejas de hecho no pueden hacer la declaración de la renta de manera conjunta, mientras que los cónyuges de un matrimonio sí.por su parte, en materia de permisos laborales retribuidos, asistencia sanitaria y arrendamientos, las ventajas son exactamente las mismas. Por otro lado, de manera formal se considera que las parejas de hecho tienen las mismas opciones de adoptar que los matrimonios, pero en la práctica queda demostrado que no es así y que sus posibilidades son mucho más remotas, sobre todo, cuando los adoptados proceden de países extranjeros, etc..
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